Tipos de contribuyentes para la AFIP
Existen dos clases generales de contribuyentes ante la AFIP: los inscriptos en el Régimen General y los monotributistas.
CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN GENERAL:
Se consideran Contribuyentes del Régimen General, aquellas personas físicas o jurídicas, sujetos de alguno de los siguientes tributos: el Impuesto a la Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a los Bienes Personales, el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, y a todo otro impuesto nacional que sea recaudado y fiscalizado por esta Administración Federal.
Los empleadores y/o trabajadores autónomos, deberán cumplir con el Régimen General.
Algunos contribuyentes del Régimen General, en función de ciertos parámetros establecidos por Ley, podrán optar por el Monotributo.
CONTRIBUYENTES MONOTRIBUTISTAS:
El Monotributo -o Sistema de Régimen Simplificado- consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo, el cual está formado por un componente provisional (Seguridad Social) y otro impositivo
La obligación de pago es mensual. El ingreso de las sumas establecidas para los distintos componentes es de carácter obligatorio con las excepciones establecidas por la normativa vigente.
La nómina de Obras Sociales que están adheridas al Régimen se puede consultar en la Superintendencia de Servicios de Salud.
Siendo la categorización auto determinativa, a fin de cada cuatrimestre, sólo cuando los parámetros superen o sean inferiores a los límites de la categoría declarada, el monotributista deberá recategorizarse.
Los Empleadores Monotributistas deberán registrar a sus trabajadores e ingresar los aportes y contribuciones conforme al Régimen General.
RESPONSABLE INSCRIPTO
Son los sujetos que efectúan ventas, locaciones y/o prestaciones de servicios alcanzados por el I.V.A., en tanto y en cuanto el mono anual de sus operaciones supere determinadas cifras.
Características:
- Liquidación mensual del presupuesto.
- El I.V.A. se discrimina en el comprobante.
- Alícuota general: 21%
EXENTO
Son los que realizan actividades que por su naturaleza se encuentra dentro del ámbito del IVA, pero que en virtud de la ley propia del impuesto o de otras leyes, se dispone que no deben cobrar el impuesto a sus clientes. Por ejemplo venta de libros. No generan IVA cuando venden, pero si lo abonan por sus compras (21%). No se discrimina el impuesto en la factura.
NO RESPONSABLE
El sujeto desarrolla una actividad que no se encuentra alcanzada por el IVA. Por ejemplo: quienes alquilan inmuebles destinados a la vivienda.
CONSUMIDOR FINAL
Son aquellos que destinarán el bien o servicio adquirido a su consumo particular. Sobre ellos, n definitiva, recae el IVA. Abonan el 21% de impuesto, que no se discrimina en el comprobante.
RESPONSABLE MONOTRIBUTO
Se trata de un régimen integrado y simplificado que abarca: IVA, ganancias y sistema previsional. Se considera “pequeños contribuyentes” a las personas que ejercen oficios o son propietarios de empresas unipersonales.
No genera IVA cuando venden, pero si lo abonan por sus compras. El impuesto no se discrimina en el comprobante.